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EATIC, EMPRESAS DE ALTA TECNOLOGÍA EN ÁREAS DE LA RIS3

La Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias ha abierto la nueva convocatoria de subvención para empresas de alta tecnología e intensivas en conocimiento (EATIC). El presupuesto para los años 2022 y 2023 es de 2.359.039,74 €

Objetivo de la subvención:

• Impulsar la innovación en el tejido productivo y empresarial canario.
• Mejorar la conexión entre la demanda y la oferta tecnológica; y la transferencia y aprovechamiento de los resultados de la investigación.
• Propiciar la cooperación y coordinación en materia de investigación científica e innovación entre la Administración, las empresas, las universidades y los centros de investigación canarios.

BENEFICIARIOS PYMES con domicilio o establecimiento en Canarias con al menos UN trabajador a fecha de solicitud

Subvenciona:

  • Activos Fijos Nuevos, Inversiones inmateriales: patentes, licencias, know-how o software, marcado CE y colaboraciones externas: asistencia técnica, ingeniería, contratación con centros de investigación,

No serán subvencionables las actuaciones rutinarias de las empresas para la mejora de la calidad de productos, el aumento de las capacidades de producción o servicio, o la modificación de procesos productivos o productos existentes que no supongan una innovación sustancial

 TIPO DE FINANCIACIÓN:
• Subvención a fondo perdido
• Porcentaje subvención máxima: 70% (Mínimo 60.000 euros y Máximo 174.990 euros)
• Sujeta a Mínimis
• Concurrencia competitiva

Inicio inversiones: 01/01/2021 , con una duración de los proyectos de hasta 18 meses

 

servicios

CRITERIOS DE VALORACIÓN EATIC

Creación de puestos de trabajo (hasta 25 puntos)

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Mejora de la competitividad (hasta 30 puntos).

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Protección y mejora del medio ambiente (hasta 25 puntos)

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Previsión de internacionalización de la actividad de la empresa (destino de producción o servicio: otra/s islas/s, resto territorio nacional, Unión Europea y otros destinos (hasta 20 puntos).

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Forma de Abono

  • El abono de la subvención se llevará a cabo, de forma general, bajo la modalidad de abono previa justificación.
  • Se admite la posibilidad de efectuar pagos anticipados, de conformidad con el artículo 37 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias. No obstante, estará condicionada a la obtención de la correspondiente autorización de exceptuación de la Consejería de Hacienda. En este caso, los beneficiarios deberán constituir una garantía mediante depósito en el Tesorería General de la Comunidad Autónoma de Canarias por un importe igual a la cantidad del pago anticipado o a cuenta.

PREGUNTAS FRECUENTES

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