Si bien las viviendas particulares necesitan de un mantenimiento, las comunidades de propietarios también necesitan cada cierto tiempo de una serie de obras para mejorar los elementos comunes de la finca.
¿A qué tipos de obras nos podemos referir?
Obras necesarias: son aquellas que tienen un carácter obligatorio. Por tanto, son aquellas obras necesarias para el adecuado mantenimiento y que garanticen el deber de conservación del inmueble y de las instalaciones comunes con la finalidad de satisfacer los requisitos básicos de seguridad, accesibilidad y habitabilidad.
Obras de mejora: Son aquellas que son consideradas como no necesarias y por tanto no tienen carácter obligatorio. Es decir, no son indispensables para el mantenimiento de la finca, sino que únicamente aumentan la calidad y comodidad del inmueble.
Sea cual sea el tipo de obra, lo ideal sería convocar una junta, presentar presupuestos y someterlo a votación para su realización.
¿Se puede acceder a una subvención?
Si en junta se acuerda realizar la obra, una de las cosas más importantes a tener en cuenta será saber si hay alguna subvención disponible para el tipo de reforma que se va a realizar porque supondrá un ahorro considerable para la Comunidad y por tanto para sus comuneros.
Hay muchas opciones tanto a nivel estatal como por Comunidades Autónomas pero suelen tener en común lo siguiente:
Fomento de la eficiencia energética y sostenibilidad.
Conservación, seguridad y accesibilidad en viviendas.
Regeneración y renovación urbana y rural.
¿Qué tipo de obras se pueden subvencionar?
Podemos encuadrarlos con carácter general en tres grandes grupos:
Obras de conservación: Son obras para mantener y conservar el edificio, como por ejemplo, obras en fachadas y medianeras, cubiertas y azoteas o de cimentación y estructura.
Accesibilidad: El derecho a la libre movilidad es un tema gracias a dios , de actualidad y que ya va calando cada vez mas en nuestra sociedad. El objetivo de este tipo de obras es la eliminación de barreras arquitectónicas y garantizar una mejora de la accesibilidad universal en los edificios de viviendas para personas con movilidad reducida; como pueden ser, instalación de un ascensor, rampas, salva escaleras, elementos de información o aviso como señales luminosas o sonoras…
Eficiencia energética: Obras que mejoran la calidad de edificio y la reducción de energía, tales como la instalación de sistemas de iluminación en zonas comunes, aislamiento del edificio, puntos de recarga de vehículos eléctricos…
Es decir, no por ser comunidad de propietarios, te quedas fuera de subvencionar obras, o necesarias, o de mejora, solo tienes que buscar y encontrar la que se adapte a tus necesidades.
Fran Duarte, CEO «Subcan, Subvenciones Canarias» muchos años dedicado al mundo del emprendimiento y consultoría.